jueves, 29 de noviembre de 2012

La Diplomacia de la Santa Sede.



La Diplomacia de la Santa Sede.








Autor: Tomás Vera Ziccardi.





El Estado de la Ciudad del Vaticano fue creado en el año 1929 luego de la firma y entrada en vigor del Tratado de Letrán. El mencionado tratado se realizó entre la Santa Sede y el estado independiente de Italia con el fin de otorgarle el derecho de sujeto internacional a la Santa Sede. Cabe destacar que el estado representa la independencia de la Santa Sede y de la Iglesia Católica de todo poder constituido, esto debe entenderse como la necesidad de no depender territorialmente y legalmente del estado italiano (1).
Tengamos en cuenta que el Estado de la Ciudad del Vaticano, en cuanto a su área y población, es el estado más pequeño del sistema internacional. Si advertimos que dentro de gran parte del territorio nacional se encuentran ubicadas las edificaciones de la Santa Sede, su espacio restante es sumamente reducido. Aquí debemos apuntar la primer cuestión que nos remite a las relaciones diplomáticas. ¿Dónde se encuentran las misiones permanentes y embajadas de los estados que mantienen relaciones con la Santa Sede? De acuerdo a lo que promulga el Estado de la Ciudad del Vaticano en su sitio web oficial, debido a las reducidas dimensiones del estado nacional, gran parte de las sedes diplomáticas se encuentran ubicadas en la ciudad de Roma (2). De la misma forma, varios de los inmuebles y oficinas administrativas del Estado se encuentran en Roma, a pesar de esto, gozan de inmunidad y son reconocidas, de acuerdo al Vaticano, como "zonas extraterritoriales" (3). 
Si bien las sedes diplomáticas acreditadas ante la Santa Sede se encuentran en Roma, es decir dentro del territorio del Estado de Italia, las mismas en base a lo expuesto en el Tratado de Letrán, se acreditan exclusivamente ante la Santa Sede. Varios estados independientes poseen tanto una embajada en Roma ante el estado de Italia, como una embajada ante la Santa Sede. 

En cuanto a su territorio y demás cuestiones, se puede destacar que en virtud de la Declaración de Barcelona del año 1921 (Declaración en que se reconoce el Derecho de los Países que no tienen Litoral Marítimo a Enarbolar un Pabellón) el Estado de la Ciudad del Vaticano puede navegar con buques propios siempre que enarbolen la bandera pontificia (7). Tenga el lector en cuenta que el Vaticano es un estado que no posee salida al mar. 
En caso de conflicto armado, la totalidad del territorio del Estado de la Ciudad del Vaticano se encuentra protegido bajo la Convención de la Haya de 1954 sobre protección de bienes culturales (8). A su vez es importante destacar que la Santa Sede es signataria y miembro de dicha convención, demostrando la aplicabilidad de sus derechos como sujeto de derecho internacional.
Si tenemos en cuenta la Convención Monetaria del año 2000 entre Italia y el Vaticano, este último accedió a la utilización del euro como moneda oficial. Oficialmente mantiene la misma divisa que el resto de la Unión Europea. 










El Estado de la Ciudad del Vaticano fue creado en el año 1929 mediante la celebración del Tratado de Letrán entre la Santa Sede e Italia





Analizaré a continuación la estructura de poderes del Estado de la Ciudad del Vaticano. La forma de gobierno es una monarquía absoluta, donde el Jefe de Estado es el Sumo Pontífice. Se debe tener presente esto último ya que cuando hablemos puntualmente sobre las relaciones exteriores, el rol del Jefe de Estado va a ser fundamental. El Jefe de Estado tiene plenos poderes ejecutivos, legislativos y judiciales. Ahora bien, ¿qué sucede durante el período que el cargo se encuentra vacante? Dichos poderes son ejercidos temporalmente por el Colegio de Cardenales (es prácticamente imposible que la totalidad del Colegio de Cardenales se encuentre ausente, por lo cual la línea de sucesión de poder se limita solo a estas dos instancias) (9). 
La Comisión Pontificia es el cuerpo legislativo del estado. La mencionada Comisión se encuentra integrada por miembros del Colegio de Cardenales que son designados para el desempeño de sus funciones por el Sumo Pontífice, su período de ejercicio es de cinco años. Hablando del poder ejecutivo, el ejercicio compete al Cardenal Presidente de la Comisión Pontificia (recordemos que el Presidente de la Comisión es elegido dentro de los miembros que la integran). Finalmente, en cuanto al Poder Judicial, ejercen sus tareas y funciones en nombre del Sumo Pontífice  el Juez, el Tribunal, la Corte de Apelación y la Corte de Casación. Todos en base a los códigos de procedimiento civil y penal del Estado del Vaticano. Debido a que aquí tan solo realizo una breve introducción sobre la estructura estatal del Vaticano, hay cuestiones sobre las cuales no me explayo. Las mismas son relevantes y recomiendo leer la "Ley sobre el gobierno del Estado de la Ciudad del Vaticano" ya que le permitirá al lector tener un conocimiento más amplio respecto a todo lo que concierne a organización administrativa, política y estatal del Vaticano (10). 

Es hora de adentrarnos en la Secretaría de Estado. La Secretaría es el órgano de la Santa Sede que se encarga de las relaciones diplomáticas y políticas. El lector debe comprender que la política exterior y las relaciones diplomáticas del Estados de la Ciudad del Vaticano son ejecutadas por la Santa Sede, un actor preponderante en el sistema internacional a lo largo de los siglos.Tengamos en cuenta que el soberano es el Sumo Pontífice y es la autoridad máxima en materia de relaciones exteriores. Sin embargo, delega sus funciones específicas en dicha cuestión al Cardenal Secretario de Estado, quién se encarga de asistirlo en lo que concierne a las relaciones con demás actores del sistema internacional (11). Los orígenes de la Secretaría de Estado se remontan al pontificado de Martín V, durante el siglo XV. A pesar de esto, el cargo de Secretario de Estado se comenzó a utilizar durante el pontificado de Inocencio X (12). 
Cabe destacar que el Secretario de Estado es designado por el Sumo Pontífice.

Encargándose de las relaciones exteriores de la Santa Sede, podemos comprender la importancia del rol que desempeña el Secretario de Estado. Es uno de los principales colaboradores del Sumo Pontífice, lo asiste todas las mañanas con el gabinete en lo que concierne a los asuntos exteriores. Generalmente se elige para dicho a cargo a cardenales que posean un alto grado de prudencia, fuerte experiencia y conocimiento de las demás culturas, cordialidad y manejo de la política exterior. Los últimos tres secretarios de estado han sido el Cardenal Agostino Casaroli, el Cardenal Angelo Sodano y el Cardenal Tarcisio Bertone. 

La Secretaría de Estado se encuentra dividida en dos secciones, la Sección de Asuntos Generales y la Sección para las Relaciones con Estados. La primera se encarga de las actividades de la Curia Romana. Dependen de ella los nuncios alrededor del mundo que se encuentran vinculados a la Curia Romana. Mientras tanto, la Sección para las Relaciones con Estados ejecuta las relaciones con los estados independientes. Tiene a su cargo la firma de concordatos y acuerdos, la presencia ante organismos internacionales y maneja las relaciones con las representaciones acreditadas ante la Santa Sede. 









En la imagen se puede apreciar a Su Santidad Francisco, actual Sumo Pontífice. 





Los juristas internacionales distinguen dos tipos de legacías, una externa, de naturaleza diplomática que se aboca a las relaciones con los estados independientes, y una interna que se confía a un delegado apostólico y no posee carácter diplomático (13).
De acuerdo a lo que postula Jean Chevalier, existen tres categorías distintas de agentes diplomáticos, los legados (cardenales encargados de misiones especiales), los nuncios representantes permanentes ante la autoridad civil local y los internuncios (enviados especiales ante estados con los cuales la Santa Sede no mantiene relaciones de pleno derecho) (14). El cuerpo diplomática de carrera es formado por la Academia Eclesiástica Pontificia, fundada por Clemente XI en el año 1701. Podemos comprender que la Santa Sede es una de las instituciones que ha profesionalizado la diplomacia a lo largo de los siglos. La formación de los diplomáticos hoy día es escalonada, cumpliendo largos años de servicio a través del mundo. Poseen una formación clerical, bíblica, teológica, moral, política y legal. Generalmente los sacerdotes que ingresan a la Academia se van especializando en distintas cuestiones que la Secretaría expide. 
Los nuncios apostólicos tienen el rango de embajadores, son reconocidos por la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y son los jefes de la misión diplomática acreditada ante demás estados. El máximo escalafón de la carrera diplomática es justamente el de nuncio. Generalmente la Secretaría de Estado designa a los nuncios de acuerdo a su trayectoria y formación, aunque también suele suceder que se designan como nuncios a personal eclesiástico no formado en la Academia (algo similar a lo que sucede con los embajadores de carrera y los embajadores políticos). 
Cerca de 180 estados independientes mantienen relaciones diplomáticas con la Santa Sede. Al mismo tiempo dicha institución se desenvuelve en organizaciones internacionales y mantiene relaciones con organismos regionales y organismos especializados para determinadas cuestiones. Debido a la amplia extensión de estados y organizaciones con las cuales se mantienen relaciones, no voy a mencionarlas aquí, de todas formas el lector las puede consultar en el documento Liste du Corps Diplomatique Près le Saint-Siège (15). 

A continuación analizaré los principios que promueve la Santa Sede en materia diplomática, al mismo tiempo me encargaré de mencionar el modo de relacionamiento que mantiene dicha institución en el sistema internacional. Antes de continuar deben quedar en claro ciertas cuestiones. En primer lugar, la Santa Sede y el  Estado de la Ciudad del Vaticano son dos instituciones diferentes. El Estado del Vaticano no mantiene relaciones diplomáticas, sí lo hace la Santa Sede. Por otro lado, las representaciones extranjeras se anuncian ante la Santa Sede y no ante el Vaticano. Por último, la Secretaría de Estado se encuentra dentro de la Curia Romana. La Santa Iglesia Católica Apostólica Romana es preexistente al Estado del Vaticano, y de igual forma lo son la relaciones diplomáticas que ha mantenido hasta la fecha. En este trabajo he explicado de forma separada la estructura y funciones del Estado de la Ciudad del Vaticano y de la Santa Sede para que el lector puede arribar hasta este punto teniendo en cuenta la diferenciación en materia diplomática. Hay quienes hablan de "Diplomacia Vaticana", lo cual no es un término comúnmente aceptado, de la misma forma que hay quienes solo se abocan a explicar la diplomacia de la Santa Sede. Para comprender a la Santa Iglesia Católica es preciso tener en cuenta tanto al Estado del Vaticano como a la Santa Sede, sin embargo a la hora de remitirnos a su diplomacia debemos enfocar nuestro análisis en la Santa Sede. 









El Cardenal Tarcisio Bertone es el Cardenal Secretario de Estado de la Santa Sede. Se encuentra a cargo de la diplomacia de dicha institución.





Los principales pilares de la diplomacia de la Santa Sede son cultivar relaciones con los distintos gobiernos civiles y estados independientes, velar por la situación de la Iglesia Católica en el territorio ante el cual se acredita una misión permanente, no injerir en los asuntos internos de los demás estados, promover la paz internacional y cooperar para el bien de los pueblos. Es así como la Santa Sede siempre se encuentra  dispuesta a mantener relaciones con todos los estados que así lo deseen y siempre que las leyes de dicho estado nación no vayan en contra de lo promulgado por Cristo. Es difícil observar que la Santa Sede mantenga una relación cortante con otros estados. Incluso, en los casos de ruptura de relaciones, la Santa Sede no toma la iniciativa, tampoco lo hace para el inicio de las mismas; siempre se encuentra dispuesta a favorecer el diálogo y ampliar los canales de comunicación. 
Sucede que la regla de reciprocidad generalmente mantenida entre estados soberanos con relaciones diplomáticas puede experimentar excepciones en el caso de la Santa Sede. Un caso particular es el de la Confederación Helvetica. La misma no nombra embajadores ante la Santa Sede, de todas formas dicha institución posee un nuncio apostólico en Berna. La historia ha ido moldeando las relaciones de la Iglesia con demás naciones. Los casos de Gran Bretaña y varias naciones árabes también se encuentran enmarcados como casos particulares. La Santa Sede mantiene relaciones con estados que expresan un culto y creencia budista, musulmán e incluso con estados laicos. No es una condición necesaria profesar a nivel nacional la religión católica. De la misma forma, los representantes que nombran los distintos estados ante la Santa Sede no precisan ser católicos. 

Siendo una de las instituciones más antiguas de la humanidad, la Santa Iglesia Católica Apostólica Romana ha sabido moldear sus relaciones con los distintos actores que han ido apareciendo y desapareciendo en el sistema internacional a lo largo de los siglos. La diplomacia pontificia ha ido mutando de acuerdo a las necesidades de la propia Iglesia como también a la coyuntura internacional. Lo cierto es que largos siglos de experiencia le han permitido a la Iglesia perfeccionar el arte de la diplomacia. Con la creación del Estado del Vaticano en 1929, surgieron cambios, los cuales le permitieron a la Santa Sede disponer de un espacio físico propio. He repasado en el presente trabajo las características y la estructura de dicho Estado. De la misma forma he explicado como ejecuta su diplomacia la Santa Sede. Existen estados que han mantenido por siglos una excelente relación con la Santa Sede, hoy otros que han pasado por constantes clivajes y hay quienes han buscado iniciar relaciones con ella. Posiblemente, y concluyendo el trabajo, los principales atributos que destaca la diplomacia de la Santa Sede son la sabiduría y la experiencia. Cimientos fundamentales para el manejo de las relaciones en el sistema internacional desde tiempos inmemoriales. 





                                                                                          Tomás Vera Ziccardi.





Bibliografía.


- Chevalier, Jean., La Política del Vaticano, AYMÁ Editora, Barcelona, 1971. 

- Alterini, Jorge., Compendio de Normas Internacionales de Derecho Internacional Público, La Ley, Buenos Aires, 2010.



Documentos Consultados


- Tratado entre la Santa Sede e Italia., 1929. Documentos, leyes y decretos del Estado de la Ciudad del Vaticano, Sitio Web Oficial del Estado de la Ciudad del Vaticano. Link: www.vaticanstate.va/content/dam/vaticanstate/documenti/leggi-e-decreti/TratadoentrelaSantaSedeeItalia.pdf

- Ley sobre el gobierno del Estado de la Ciudad del Vaticano., 2002. Documentos, leyes y decretos del Estado de la Ciudad del Vaticano, Sitio Web Oficial del Estado de la Ciudad del Vaticano. Link: www.vaticanstate.va/content/dam/vaticanstate/documenti/leggi-e-decreti/LeysobreelgobiernodelEstadodelaCiudaddelVaticano.pdf

- Liste du Corps Diplomatique Près le Saint-Siège., 2013. Lista del Cuerpo Diplomático ante la Santa Sede, Sitio Web Oficial de la Santa Sede. Link: www.vatican.va/roman_curia/secretariat_state/2013/documents/rc_seg-st_20130306_cd.pdf

- Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas., 1963., en Alterini, Jorge., Compendio de Normas Internacionales de Derecho Internacional Público, La Ley, Buenos Aires, 2010. 



Referencias


(1) De acuerdo a lo que postula  por el Estado de la Ciudad del Vaticano en su Sitio Web Oficial. Link: www.vaticanstate.va/content/vaticanstate/es/stato-e-governo/note-generali/origini-e-natura.html

(2) Sitio Web Oficial del Estado de la Ciudad del Vaticano. Link: www.vaticanstate.va/content/vaticanstate/es/stato-e-governo/note-generali/geografia.html

(3) En la sección Estado y Gobierno, dentro del apartado "Posición geográfica, extensión y accesos", del Sitio Web Oficial del Estado de la Ciudad del Vaticano, se hace referencia al concepto de "zonas extraterritoriales". Link: www.vaticanstate.va/content/vaticanstate/es/stato-e-governo/note-generali/geografia.html

(7) De acuerdo a lo expuesto en el Sitio Web Oficial del Vaticano. Link: www.vaticanstate.va/content/vaticanstate/es/stato-e-governo/note-generali/extraterritorialita.html

(8) Para adentrarse en cuanto a la Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado (Haya - 1954) se puede visitar el sitio web oficial de la UNESCO, y buscar el apartado sobre dicha Convención. Para facilitarle al lector dicha información el link directo es el siguiente: www.portal.unesco.org/culture/es/ev.php-URL_ID=35744&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html


(9) Órganos del Estado y respectivos poderes del Estado de la Ciudad del Vaticano, en Sitio Web Oficial del Estado de la Ciudad del Vaticano. Link: www.vaticanstate.va/content/vaticanstate/es/stato-e-governo/organi-dello-stato.html


(11) La Secretaría de Estado."Un cuerpo de diplomáticos" Capítulo III., en Chevalier, Jean., La Política del Vaticano, AYMÁ Editora, Barcelona, 1971. 

(12) Ídem del anterior.

(13) La Secretaría de Estado."Un cuerpo de diplomáticos" Capítulo III., en Chevalier, Jean., La Política del Vaticano, AYMÁ Editora, Barcelona, 1971.

(14) Chevalier, Jean., La Política del Vaticano, AYMÁ Editora, Barcelona, 1971.

(15) Liste du Corps Diplomatique Près le Saint-Siège. Linkwww.vatican.va/roman_curia/secretariat_state/2013/documents/rc_seg-st_20130306_cd.pdf





* La totalidad del presente trabajo es obra material e intelectual del Señor Tomás Vera Ziccardi. Los derechos de dicha obra quedan reservados a TVZC por expreso pedido del autor.


No hay comentarios: